Resumen de fallos Tarifeño, Santillán, Marcilese y Mostaccio.
Tema tratado: La Corte Suprema analiza si es vinculante o no el pedido de absolución del fiscal en los alegatos. Ello implicará analizar también si el requerimiento de elevación a juicio constituye o no acusación suficiente para el tribunal pueda condenar.
Tarifeño (1989): La Corte estima que son exigencias de las garantías del debido proceso y defensa en juicio, la observancia de las formas sustanciales del juicio relativas a la acusación, defensa, prueba y sentencia por parte de jueces naturales. Si el fiscal en sus alegatos pide la absolución (lo que razonablemente también pedirá la defensa) no se conforma acusación, por lo que el tribunal no puede condenar. El requerimiento de elevación a juicio no es acusación suficiente.
Fallo completo:
http://www.csjn.gov.ar/jurisp/jsp/fallos.do?usecase=mostrarHjFallos&falloId=64137
Fallo completo:
http://www.csjn.gov.ar/jurisp/jsp/fallos.do?usecase=mostrarHjFallos&falloId=64137
Santillán (1998): La querella pide condena pero el a quo se abstiene de emitir un pronunciamiento ya que el fiscal pide la absolución, considerando que la acción del primero no es autónoma con respecto al segundo. La Corte Suprema considera que si la ley procesal le reconoce al querellante personería jurídica para actuar en juicio, tiene por ello el derecho a obtener una sentencia que responda a su petición de condena. Por lo tanto el tribunal puede ejercer jurisdicción con el pedido de condena del querellante.
Fallo completo:
http://www.csjn.gov.ar/confal/ConsultaCompletaFallos.do?method=verDocumentos&id=441050
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http://www.csjn.gov.ar/confal/ConsultaCompletaFallos.do?method=verDocumentos&id=441050
Marcilese (2002): La Corte ya no considera conveniente el sostenimiento de la doctrina “Tarifeño”, y considera que el ejercicio de la jurisdicción está precedido de una acusación previa, dada en el requerimiento de elevación a juicio, donde se fijan los hechos en forma clara, precisa y circunstanciada, su calificación legal y los motivos en que se funda, para asegurar con todo ello el derecho de defensa en juicio. El pedido de absolución del fiscal luego del debate no desapodera al tribunal del ejercicio de la jurisdicción. Los alegatos son una etapa valorativa que en nada modifica al objeto del proceso, sosteniente el Dr. Fayt.
Fallo completo:
http://www.csjn.gov.ar/confal/ConsultaCompletaFallos.do?method=verDocumentos&id=524412
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http://www.csjn.gov.ar/confal/ConsultaCompletaFallos.do?method=verDocumentos&id=524412
Mostaccio (2004): Se retoma a la doctrina “Tarifeño”, por lo que la Corte en la actualidad considera que el requerimiento de elevación a juicio no es acusación suficiente. La acusación del fiscal en el juicio es indispensable y habilitante de la condena.
Fallo completo:
http://www.csjn.gov.ar/confal/ConsultaCompletaFallos.do?method=verDocumentos&id=553477
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http://www.csjn.gov.ar/confal/ConsultaCompletaFallos.do?method=verDocumentos&id=553477
Los amo.
ResponderEliminaraMOR eterno
ResponderEliminarMuchísimas gracias!
ResponderEliminareeeeeeEEEEQSHÉëËLÉNTE M'MANO!
ResponderEliminarExcelente! muy claro y concreto muchas gracias!!
ResponderEliminarbuena onda buey este santillan si q es un piyin, saluto . DR Corvalan
ResponderEliminarMuchas gracias, muy claro y conciso.
ResponderEliminarbuenos trabajos... los amo!
ResponderEliminarbuenos trabajos... los amo!
ResponderEliminargraciasssss
ResponderEliminarGracias
ResponderEliminarMuchas gracias!! Excelente exxplicacion.
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